LEGISLACIÓN EDUCATIVA

A continuación puedes enlazar con las leyes vigentes que contemplan la educación para la igualdad entre mujeres y hombres:

La LeyOrgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia deGénero, contempla medidas en el ámbito educativo para “la transmisión de valores de respeto a la dignidad de las mujeres y a la igualdad entre hombres y mujeres”. Asimismo establece que el objetivo fundamental de la educación es proporcionar una formación integral que permita al alumnado conformar su propia identidad, así como construir una concepción de la realidad que integre a la vez el conocimiento y la valoración ética de la misma. En concreto, en Educación Primaria, destaca como principios y valores las habilidades en la resolución pacífica de conflictos y comprender y respetar la igualdad de sexos. Además, se establece que las Administraciones educativas velarán para que en todos los materiales educativos se eliminen los estereotipos sexistas o discriminatorios y para que fomenten el igual valor de hombres y mujeres.


ŽLa Ley Orgánica 2/2006, de Educación, recoge entre sus principios “la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres”; y, entre sus fines, “el respeto de los derechos y libertades, y la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres”. Entre los objetivos de la Educación Primaria destaca el siguiente: “desarrollar sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como una actitud contraria a la violencia, a los prejuicios  de cualquier tipo y a los estereotipos sexistas”. Se establece como competencia del Consejo Escolar proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la vida personal, familia y social; designándose dentro del propio Consejo Escolar una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres.

La Ley Orgánica 3/2007, para laIgualdad efectiva de mujeres y hombres, establece la integración del principio de igualdad en la política de educación, detallando las actuaciones que han de desarrollar las administraciones educativas en el ámbito de sus respectivas competencias.

El Decreto 56/2007, por el que se regula la ordenación y establece el currículo de la Educación Primaria en el Principado de Asturias, tiene, en general, planteamiento coeducativo, no solo por la presencia explícita de contenidos relacionados con la educación en igualdad entre niñas y niños, sino por sus propuestas de: acercamiento a la realidad, a la vida cotidiana; el fomento del diálogo, de las habilidades sociales, del desarrollo de la convivencia desde la igualdad; el fomento de la autonomía, del cuidado personal y de los y las demás, de la corresponsabilidad en los ámbitos tanto público como privado; la organización del aula bajo los principios del aprendizaje cooperativo; el fomento del espíritu crítico ante mensajes estereotipados que supongan prejuicios sexistas, racistas, homófonos o xenófobos, y el respeto de los derechos y deberes y de la práctica democrática efectiva.

La Ley del Principado de Asturias2/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicaciónde la violencia de género. En la Sección 2ª, Igualdad y educación, establece que el Principado de Asturias integrará en su modelo educativo la formación en el respeto a la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.

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